Las relaciones que mantuvo Daniel Vorcaro con autoridades de los círculos más altos del Poder Judicial brasileño, reveladas con especial intensidad tras el levantamiento total del secreto de las investigaciones del caso Master, deberían provocar una reflexión que va mucho más allá de los nombres involucrados en este episodio. No corresponde anticipar responsabilidades individuales, y mucho menos sustituir a las instituciones encargadas de investigarlas y juzgarlas. Pero sí corresponde hacer una pregunta que nos concierne a todos: ¿en qué momento naturalizamos la idea de que las relaciones personales, familiares o profesionales pueden funcionar como atajos para quien necesita una decisión de la justicia?
Viajes compartidos, encuentros reservados, contratos de valores extraordinarios con estudios jurídicos vinculados a familiares de magistrados y canales directos de comunicación con autoridades alimentan una percepción profundamente corrosiva: la de que, además de la puerta principal del sistema de justicia, existe una entrada lateral, conocida y utilizada por quienes disponen de dinero, relaciones e influencia suficientes para llegar a ella.
Es importante hacer una distinción. Los abogados tienen el derecho, y muchas veces el deber profesional, de acercarse a los magistrados, presentar memoriales, defender tesis y buscar un diálogo institucional. El problema comienza cuando lo que debería ser el ejercicio legítimo de la abogacía se mezcla con redes privadas de relaciones capaces de producir una ventaja que no está al alcance del resto de los ciudadanos.
Por eso, la creación de un código de conducta para los tribunales superiores, con reglas objetivas sobre conflictos de intereses, relaciones familiares, impedimentos y transparencia de las agendas, se ha vuelto una necesidad institucional. Pero sería un error creer que un nuevo conjunto de normas, por sí solo, resolverá la cuestión. El problema es más profundo. En Brasil existe una economía de la cercanía porque el propio acceso a la justicia sigue distribuido de manera brutalmente desigual.
La Constitución de 1988 no instituyó tribunales para ciudadanos de primera clase y tribunales para los demás. No creó una justicia ejecutiva para quienes logran llegar a los despachos y otra, mucho más lenta, para quienes esperan meses o años una respuesta del Estado. Aun así, es difícil ignorar la distancia entre el ideal constitucional y la experiencia cotidiana de millones de brasileños.
De un lado, están las personas y empresas capaces de contratar estructuras jurídicas sofisticadas, movilizar profesionales altamente especializados y mantener un diálogo directo con los centros de decisión. Del otro, millones de ciudadanos dependen exclusivamente de la Defensoría Pública, una institución indispensable para la democracia brasileña, pero sometida a una demanda inmensa y todavía incapaz de llegar con la misma presencia a todo el territorio nacional.
Esta segunda realidad la conozco de cerca a través del trabajo que desarrolla el Instituto Humanitas360 en el sistema penitenciario. Dentro de una cárcel, la lentitud de la justicia deja de ser una abstracción jurídica. Se convierte en tiempo de vida.
Una progresión de régimen que no se analiza, una solicitud que no se presenta, una pena que no se recalcula o una prisión que no se reevalúa en el momento adecuado pueden significar meses o incluso años más de encarcelamiento. Y lo más perturbador es que, periódicamente, los propios mutirões carcerários (operativos extraordinarios de revisión de casos penitenciarios) revelan personas que ya reunían las condiciones para salir de prisión. Cuando es necesario recurrir a un esfuerzo extraordinario para corregir lo que la rutina de los tribunales no fue capaz de ver, queda claro que la falla está en el propio funcionamiento del sistema.
Estamos ante dos caras de un mismo problema. En una, la justicia responde con rapidez a quien posee capital financiero, familiar o relacional. En la otra, tarda y falla con quien tiene a su favor únicamente el texto de la ley.
Regular el lobby jurídico, establecer límites transparentes para las relaciones entre magistrados, estudios jurídicos y partes interesadas, y enfrentar los conflictos de intereses son medidas urgentes. Lejos de debilitar al Supremo Tribunal Federal o a cualquier otra institución del sistema de justicia, la transparencia protege al ciudadano, al propio Poder Judicial y, sobre todo, a la democracia. Las instituciones fuertes son las que saben mirar hacia adentro, reconocer sus riesgos y rendir cuentas a la sociedad.
El acceso a la justicia no puede depender del apellido heredado, de la llamada que se logra que alguien conteste ni de los caminos que se sabe recorrer. En la República proyectada por la Constitución de 1988, la entrada debería ser una sola, y la misma para todos.
Patrícia Villela Marino
Presidenta del Instituto Humanitas360, miembro del Consejo de Desarrollo Económico Social Sostenible de la Presidencia de la República y del Colectivo Derrubando Muros
