Artículo: “Sin propuestas de seguridad pública, el Senado cambia la Ley por populismo penal”
Por Patricia Villela Marino
Para quienes se dedican a pensar en los problemas de la sociedad y trabajar por su mejora, es necesario seguir una máxima: no hay solución fácil para problemas complejos. Ante la crisis de seguridad pública brasileña, el Congreso Nacional ignora esta idea elemental y abraza el populismo penal.
La víctima más reciente de este tipo de posturas, que apuestan todas sus fichas al punitivismo mediático, es la liberación temporal de personas encarceladas, conocidas como “saidinhas” o “saidões”. Previsto en la Ley de Ejecución Penal, el mecanismo de resocialización fue restringido por el Senado Federal hasta su descaracterización, en un proyecto de ley que ahora regresa a la Cámara de Diputados.
Sin propuestas para el impasse en materia de seguridad, este grupo de senadores parece dispuesto a ignorar la Constitución, la investigación académica y los derechos humanos para ofrecer a la sociedad una respuesta superficial y espectacular, convirtiendo prejuicios históricos en política pública. También ignoran el trabajo de órganos como el Consejo Nacional de Política Penal y Penitenciaria, del que actualmente soy miembro.
Vinculado al Ministerio de Justicia, el CNPCP preparó el indulto de fin de año en 2023, luego aprobado por el presidente Luiz Inácio Lula da Silva. Digo con orgullo que colaboré, con este equipo de juristas e investigadores comprometidos, para formular un texto equilibrado anclado en la Constitución y que, sin confundir garantías con benevolencia, tampoco hace concesiones al discurso fácil del conservadurismo criminal.
Los senadores que hoy están en contra de las salidas temporales eligen casos graves y lamentables, como los explorados exhaustivamente en las redes sociales y en parte de la prensa, y transforman estas excepciones (que pueden y deben ser analizadas con rigor) en regla. El beneficio se convierte en el gran villano al que hay que combatir, al mismo tiempo que se ignora el potencial de transformación que puede tener en la vida de las personas que intentan recuperar su ciudadanía.
La salida temporal se inscribe en una lógica de reintegración gradual de las personas encarceladas en la sociedad, según la progresión del régimen que cumplen. Según establece la LEP, el beneficio puede autorizarse para quienes se encuentren en régimen semiabierto con fines específicos: visitar a familiares, estudiar y participar en actividades “que contribuyan al retorno a la vida social”. También hay condiciones que deben observarse, como la buena conducta, y límites impuestos, como la revocación automática en el caso de delitos cometidos durante el período.
Cumplir una condena no puede ser el fin de la vida de una persona. Esta es una circunstancia transitoria. Y como en Brasil no hay cadenas perpetuas, las personas en prisión deben estar preparadas para salir, mejor y en condiciones de reconstruir sus vidas con autonomía. Garantizar que este retorno se produzca de la mejor manera posible es responsabilidad del Estado y de la sociedad en su conjunto.
Como presidenta del Instituto Humanitas360, una organización que trabaja para reducir la violencia y promover la ciudadanía entre las poblaciones vulnerables, especialmente en el sistema penitenciario, veo de primera mano el potencial de las salidas temporales. Me refiero a mujeres que ahora son libres, trabajan y cuidan de sus familias.
Cuando estuvieron encarceladas, recibieron atención multidisciplinaria por parte del instituto, consistente en orientación jurídica, apoyo psicosocial y formación profesional. Cuando se les permitió irse temporalmente, aceptaron el beneficio como una oportunidad para fortalecer los vínculos personales y profesionales. Esta fue una etapa indispensable en la vida que hoy, libres, continúan construyendo, día tras día, de regreso a la sociedad.